Fondos Sociales Y Mutuales
Los Fondos Sociales y Mutuales de CoopSigloXX tienen el propósito de mejorar la calidad de vida de los Asociados, empleados y su núcleo familiar, permitiendo la adecuada atención de las necesidades de su base social.
Fondo de Educación
El objetivo del fondo de educación es capacitar, educar y fortalecer los conocimientos cooperativos de nuestros Asociados, empleados, Directivos y Delegados
Con la educación podemos lograr una sociedad más equitativa y competitiva, innovador, por esta razón nuestra Cooperativa contribuye realizando donaciones a las instituciones de pocos recursos.


Fondo de Bienestar Social
Su objeto primordial es contribuir a la satisfacción de las necesidades de cultura, recreación, deporte, previsión, celebraciones especiales y actividades lúdicas en beneficio de nuestros asociados.
- Vacaciones Recreativas.
- Día del Niño.
- Halloween.
- Fechas Especiales.
- Obsequio de Navidad.
Fondo de Solidaridad
Te ofrecemos auxilios económicos en casos fortuitos o de calamidad doméstica. Conoce cómo acceder a estos beneficios que nos diferencian de la banca tradicional.
Deberes de los Asociados para tener Derecho al Auxilio
Para tener derecho a los auxilios del Fondo de Solidaridad, el asociado deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Ser asociado activo de la Cooperativa con una antigüedad de seis (6) meses.
- Cancelar la totalidad del aporte mensual del Fondo de Solidaridad y estar al día en las obligaciones crediticias.
- Que los beneficiarios estén inscritos en la hoja de vida del asociado (a).
- Presentar documentos que soporten el servicio recibido en la clínica, hospital, centro médico, óptica o entidad legalmente reconocida, con fecha no superior a 30 días calendario.
- Presentar el comprobante con la firma y sello del cajero donde efectuó el pago.
Causales de Negación del Auxilio
La prestación del auxilio que le brinda el Fondo de Solidaridad al asociado (a) y su familia, no será reconocida en cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Cuando el asociado (a) se encuentre atrasado en el pago del aporte mensual establecido por el Fondo de Solidaridad, en sus obligaciones crediticias con COOPSIGLOXX y en caso de mora en los aportes, la asignación del auxilio quedará bajo la aprobación del comité de solidaridad.
- Cuando hubiera engañado a la Cooperativa para la obtención del servicio.
- Cuando deje de pertenecer como asociado (a) a la Cooperativa hasta el desembolso de sus aportes, bien sea por retiro voluntario, retiro forzoso o exclusión conforme a los procedimientos y normas establecidas por el estatuto y los reglamentos sobre admisión y retiro de asociados.
- Cuando el grupo familiar no está inscrito en la hoja de afiliación.
Incapacidad Permanente
El Asociado: 40% SMMLV
Entiéndase por incapacidad permanente la invalidez total en la que queda el asociado (a) para desarrollar cualquier actividad que le permita obtener ingreso para su sustento personal y familiar, durante toda su vida, de la cual anexara el respectivo certificado de calificación de invalidez aportado por la junta Regional y/o Nacional de Calificación de Invalidez.
Requisitos: Cédula de ciudadanía, incapacidad médica y el certificado de invalidez
Incapacidad Temporal
El Asociado: 15% SMMLV
El fondo reconocerá al asociado que se incapacite en forma temporal, a partir del sexto (6) día consecutivo.
Requisitos: El asociado deberá presentar fotocopia de su documento de identidad, la incapacidad médica debidamente expedida por la entidad de salud en la cual se le prestó la atención médica a cargo de su EPS
Auxilio por Muerte
Padres y Cónyuge o Compañero(a): 45% SMMLV
En caso de fallecimiento del cónyuge y/o del compañero (a) sentimental, padre o madre del asociado inscritos en la hoja de vida de afiliación, el fondo reconocerá una ayuda del 45% del SMMLV.
Requisitos: En caso de fallecimiento del cónyuge y/o del compañero (a) sentimental, deberá presentar fotocopia de las cédulas de ciudadanía, registro de defunción, fotocopia de la partida de matrimonio, contrato de matrimonio y/o declaración extrajuicio que certifique la unión.
Para Padres deberá presentar fotocopia de las cédulas de ciudadanía, registro de defunción, registro civil de nacimiento del asociado.
En caso de que la persona fallecida tenga más de un beneficiario, dicho auxilio será pagado una sola vez, así hayan aportado cada uno al Fondo de Solidaridad, en estos casos el auxilio se distribuirá por partes iguales cuando tengan derecho.
Hijos hasta los 25 años: 45% SMMLV
A los hijos menores de 25 años, que se encuentren estudiando y dependan económicamente del asociado, presentar registro civil de los hijos
Requisitos: Fotocopia de las cédulas del asociado y el fallecido, el registro de defunción y registro civil de nacimiento.
Fallecimiento
Hijos discapacitados: 45% SMMLV
Sin restricción de edad, deben presentar dictamen médico y calificación de su incapacidad, adicionalmente deberán estar inscritos en la hoja de vida del asociado y presentar el respectivo registro civil de nacimiento.
Requisitos: fotocopia de las cédulas del asociado y el fallecido, el registro de defunción y certificado médico de la incapacidad.
Servicios Médicos
ASOCIADO, CÓNYUGE O COMPAÑERO (A) HIJOS HASTA LOS 18 AÑOS Y PADRES: 30% DEL VALOR PAGADO
El fondo de Solidaridad reconocerá un auxilio del 30% por el servicio médico recibido a partir de $20.000 y su valor no podrá exceder el 40% del SMMLV. A estos auxilios tendrán derecho los asociados, los padres, los hijos, hasta los 18 años y sin restricción de edad, los incapacitados totalmente y el cónyuge o compañero (a) permanente que estén inscritos en la hoja de afiliación.
Requisitos: Los asociados deberán presentar su documento de identidad, la factura expedida por el centro médico perteneciente al régimen común y este deberá estar certificado por el Ministerio de Salud.
Licencia de Maternidad
LA ASOCIADA: 30% SMMLV
Se reconocerá a la asociada con antigüedad de un (1) año.
Requisitos: Deberá presentar su cédula de ciudadanía, la licencia médica y el registro de nacido vivo y/o registro civil. Para hacer válida su solicitud, el asociado deberá presentar tales documentos dentro de los 30 días calendario posterior a la fecha del parto.
Lentes y Monturas
EL ASOCIADO: 20% SMMLV
El asociado (a) tendrá derecho a un auxilio por lentes y monturas una vez al año.
Parágrafo: En caso de que el valor de la factura presentada por el asociado para acceder a este auxilio sea inferior al porcentaje estipulado, se le otorgara el valor total del pago realizado por sus lentes y/o monturas.
Requisitos: El asociado deberá presentar su documento de identidad, la factura de venta y la fórmula expedida por el profesional de la salud de esta rama y/o de la institución que le preste el servicio.